sábado, 11 de enero de 2014

#futuroINSS: ¿Qué es el IVM-INSS y cuáles son sus problemas?

¿Qué es el IVM del INSS?

El IVM –Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte- es una prestación del INSS, por medio de lo cuál se le paga de por vida una pensión al afiliado respectivamente un porcentaje de la misma a sus deudos –viuda, huérfanos, padres dependientes-, cuándo el o ella como afiliado ha cumplido ciertas condiciones y se presentan ciertas circunstancias.

¿En cuáles circunstancias el INSS comienza a pagar la pensión vitalicia?

  1. Cuando el asegurado o la asegurada caen en invalidez, que le imposibilite total- o parcialmente a seguir trabajando y por eso pierda los ingresos para costearse la vida.
    Esta pensión se paga en forma incondicional al presentarse la situación desde el 1. día de afiliación, mas preciso de cobertura por la ley. Se paga de por vida, es decir hasta que el beneficiado o la beneficiada muera.
  2. Cuando el asegurado o la asegurada llegó a la Edad mínima regular de retiro y aportó previamente por un Periodo mínimo regular al IVM.Se paga de por vida.
  3. En caso de la muerte de un asegurado activo (1) o ya retirado (2), se les paga a su viuda, a sus hijos menores de edad o discapacitados y si haya a sus padres, si el los sostenía- una fracción  de la respectiva pensión.Se paga de por vida respectivamente hasta llegar a la mayoría de edad.

¿Cuáles son las condiciones para tener derecho a una pensión de retiro?

  1. Haber cumplido la edad regular mínima estipulada en el Reglamento General, en este momento en lo general 60 años, con excepciones de una edad menor para mineros, maestras y maestros y personas por su condición física ya con impedimentos severos para continuar trabajando.
  2. Haber contribuido al IVM por un total mínimo de semanas estipuladas en el Reglamento General, en este momento 750 semanas, con excepciones hacia arriba para personas que quieran retirarse en forma anticipada como mencionado en (1).

¿Cómo se calcula el monto de la pensión de por vida?

  1. Las formulas son parte del Reglamento General.
  2. En el caso de la pensión por vejez, se toma el promedio del salario de los últimos 5 años cotizados, en algunos casos de menos años, como base.
    De esta base la formula le garantiza al que tenga derecho al menos el 56% como mínimo llegando hasta el 80% en dependencia de la cantidad de semanas antes aportadas.
    Si se ganó solo hasta el equivalente de 2 salarios mínimos vigentes, la formula garantiza como mínimo el salario mínimo vigente llegando hasta el 100% en dependencia de la cantidad de semanas antes aportadas.
    En ambos casos se suma un complemento familiar del 10% por la esposa y del 5% por cada hijo menor de edad o discapacitado
  3. En el caso de la pensión por invalidez, el cálculo procede en la misma forma como (2), solo que se toma como base las últimas 150 semanas cotizadas, siempre y cuando haya acumulada éstas semanas. En el caso de un aporte por menor tiempo, se le concede una pensión mínima reducida.
  4. En el caso de la pensión por muerte, se le paga a la viuda el 50% del monto de la pensión original.
    Se paga por 2 años, si tiene menos que 45 años. Si hay menores a atender, entonces el periodo se extiende hasta todos hayan llegado a la mayoría de edad. Se reanuda la pensión cuando la viuda llega a la edad de retiro y no se haya casado de nuevo.
    Si tiene mas que 45 años, el pago es de por vida desde el inicio, siempre y cuando ella no se case de nuevo.
    Se aplica los mismos principios al viudo, siempre y cuando a él le había sostenido la esposa.
    A menores de edad se le paga en suma el 25% del monto de la pensión original. Se mantiene esta pensión hasta que alcance la mayoría de edad, en caso de hijos discapacitados de por vida.
    A otros dependientes se les aplica procedimientos similares.
  5. Cada incremento de salario mínimo resulta en un incremento igual de las prestaciones mínimas.
    Anualmente se aplica en forma retroactiva a todas las prestaciones el deslizamiento de la moneda tal que mantengan su valor expresado en dólares.

¿Dónde encaja la Pensión mínima reducida?

  1. La Unidad Nacional del Adulto Mayor representa a una parte de adultos mayores, que llegaron a la edad de retiro sin haber logrado a reunir las 750 semanas exigidas para una pensión regular.  Después de una ardua lucha por 7 años, la UNAM logra que se cumple parcialmente su demanda por un pensión mínima reducida en estos casos, indicándose el pago de la misma a unos 10,000 adultos mayores en Agosto del 2013.
  2. La Ley en su versión del 1982 habla para éstos casos de la posibilidad de conceder una Pensión reducida siempre y cuando se haya acumulado al menos 1/3 del tiempo requerido y el Reglamento del 1982 en su Art. 56 establece 2/3 del salario mínimo vigente como su monto.
    Algo similar dispone el Art. 44 2ª parte para pensiones de invalidez en caso de no haber cumplido con las 150 semanas mínimas.
    Se deroga a ambas disposiciones por modificaciones al Reglamento General en 1994.
    Se re-establece estas disposiciones del Reglamento en forma modificada –pensiones de monto fijo según semanas cotizadas- por medio del decreto 28-2013 del 19 de Julio del 2013.
  3. Para pesar los previsibles efectos del decreto 28-2013, debe tomarse en cuenta no solamente a la cantidad de adultos mayores organizados en la UNAM, sino un número potencialmente más grande.
  4. Este número crecerá rápidamente en un futuro cercano.
    En los años 80 se incrementó la afiliación por unas 100,000 personas, en particular en el campo, de las cuales muchas fueron desafiliadas por decreto en 1992, a las que se sumaron otros cesantes al desmantelarse la industria manufacturera y otras empresas en manos del estado.
    Inciden en la cantidad a esperarse las compactaciones del estado del 1988 y 1994, donde se motivó hasta apoyó a los cesantes a establecerse como micro-empresarias del sector informal, que no cotiza. Al fin cada ciclo electoral nacional y en los municipios anda acompañado por ciclos de despidos y nuevas contrataciones.
    En todos estos casos mencionados no obstante la corta duración, el tiempo era muchas veces mas que suficiente para acumular al menos las 250 semanas requeridas como mínimo por el decreto 28-2013.
  5. El problema no está en que si la pensión mínima reducida es una demanda justa, sino si el INSS solo usando sus propios ingresos para el IVM puede responder como deba.

¿De dónde obtiene el INSS-IVM los fondos para pagar las prestaciones?

  1. El INSS-IVM obtiene los fondos por los aportes de los que trabajen en un empleo formal y, aunque en cuantía irrelevante, por los que se afiliaron como facultativos al sistema.
  2. El principio detrás es el principio de la solidaridad intergeneracional: quienes reciban hoy –abuelos y abuelas-, reciben gracias a los aportes de los que trabajen hoy –madres y padres-, los que aporten en la expectativa, que la próxima generación –hijas e hijos- lo hagan igual cuando los padres lleguen a retirase.
  3. Las Reservas Técnicas y las Inversiones solo sirven para estabilizar las pensiones ante los altibajos de la economía y de aportar –en concepto de intereses- centésimas a los ingresos.

¿El aporte y su monto son voluntarios?

  1. No, la Ley de Seguridad Social obliga a cada empleador –con ciertas aunque amplias excepciones- a afiliar a sus empleados al INSS, a deducirles su cuota –la parte laboral-  correspondiente del salario, complementarla con la parte patronal y entregárselo al INSS.
  2. El Reglamento General define la cuota –actualmente el 11% del salario, repartido en un 7% a cargo del empleador y un 4% a cargo del empleado-. Hay un piso –la cuota mínima se define por el salario mínimo de la rama de ocupación y un techo –actualmente 1,500 US$- hasta donde se tome en cuenta el salario. Este piso –como ya mencionado- y techo definen a la vez piso y techo para la pensión.
  3. ¡Ojo! el pago total al INSS es más alto, pues aparte del aporte al IVM incluye otros componentes como el seguro médico, el seguro por riesgos profesionales y para los empleadores el aporte para la atención a las Victimas de Guerra.

¿Cuántos hay y cuanto mueve el INSS al año?

  1. En el año 2012 había 606,624 asegurados, 63,938 pensionados y 36,880 otros beneficiados.
  2. El IVM en el 2012 cubrió aproximadamente el 17% de los en edad activa y el 16% en edad de retiro.
  3. En el año 2012 el IVM recibió 5,798 millones 891 mil 84 C$ equivalente a 241 millones 620 mil 462 US$
  4. Se pagó como pensiones 4,045 millones 397 mil 377 C$ equivalente a 168 millones 558 mil 224 US$

  5. Se pagó otras prestaciones por 1,113 millones 337 mil 757 C$ equivalente a 46 millones 389 mil 73 US$.

  6. Se obtuvo un excedente bruto –sin restar costos de administración- de 640 millones 155 mil 950 C$ equivalente a 26 millones 673 mil 165 US$.

¿Cuál es el problema actual?

Dentro de muy poco tiempo –entre 4 a 8 años según diferentes estimaciones-
los ingresos del INSS en concepto del IVM ya no serán suficientes para pagar
las prestaciones del IVM, tanto las ya en curso como las que habrá como nuevas.

¿Cuáles son las causas de fondo del problema?

  1. Las personas viven hoy y vivirán en el futuro por más años que el 1955, cuando se concibió al INSS, más llegan a la edad de retiro y una vez retirados viven por mas años. El promedio se movió por mas que 10 años para arriba.
  2. Como inevitable en el proceso mismo del crecimiento de la cobertura del INSS, hoy ya hay y en el futuro habrá aún menos asegurados por cada pensionado respectivamente beneficiado. Por cada beneficiado hay hoy menos activos que lo sostienen que en 1994 y habrá aún menos en un futuro cercano.
  3. Mientras el mecanismo de cálculo del IVM relaciona el crecimiento de las pensiones mínimas con el crecimiento de los salarios mínimos, sus ingresos crecen al ritmo del promedio de los salarios. Como los salarios mínimos han crecido más rápido que el promedio de los salarios, igual las pensiones y otras prestaciones han crecido más rápido que los ingresos.
  4. Otros factores –desde ineficiencia en la administración, pasando por malas inversiones para llegar a desvíos y desfalcos-  vienen encima, pero contribuyen en comparación solamente marginal al problema. Ni quiera la Deuda del Estado –estos son pagos no realizados y pagarés no honrados por entes del sector público, ni quiera en primer instancia por el Gobierno Central- juega un papel muy importante.

¿Es un problema imprevisto hasta imprevisible; se agravará?

  1. No era un problema imprevisible. Bastaba analizar las tendencias previsibles del desarrollo demográfico, en particular la extensión de la expectativa de vida, del desarrollo de la cobertura del INSS –cuantos afiliados y pensionados tiene y tendrá- y de los salarios mínimos verso los salarios promedios para darse cuenta hace rato que este problema iba a venir.
  2. No es tampoco un problema imprevisto. El mismo modelo de la prima escalonada adoptado al establecerse el INSS en el 1955, tiene como base que se revise periódicamente los supuestos del modelo –tasas, beneficios, asegurados, retirados, economía- y su previsible desarrollo para tomar a tiempo las medidas de ajuste.
    Es más, conociendo yo a los técnicos del INSS a cargo de la previsión desde 1986, cambiantes por seguro pero siempre como competentes y responsables, estoy bastante seguro que ellos siempre hacían los cálculos de proyección como deban hacerse e informaron al respeto a sus superiores.
    Solo que decidir cuál acción correctiva a tomar –o mezcla de acciones correctivas-  no es un asunto técnico sino político en el mas amplio y honorable sentido de la palabra, pues requiere de negociaciones entre el estado –como operador actual del INSS-, los patronos y los sindicatos, y aún mucho mas al fondo de consensos básicos de la nación entera: ¿Qué Nicaragua queremos para nosotros y nuestros hijos?
  3. El problema tiene una tendencia ineludible e inevitable a agudizarse, puesto que en las próximas décadas habrá cada vez más adultos mayores a atender mientras habrá un crecimiento cada década mas lento de los activos, que los puedan sostener.
    La población en edades económicamente activas llegará a su pico en 2040, para hasta descender después. Solo estabilizarla requeriría desde ya medidas extraordinarias para favorecer a las familias con varios hijos y facilitarle en particular a la mujer el doble role de trabajadora y madre.

¿Hay soluciones simples y rápidas?

  1. No las hay. Para un tiempo corto el INSS puede quemar sus últimos cartuchos usando Reservas de Balance acumulados para cubrir la brecha entre ingresos y erogaciones en concepto del IVM.
  2. Hasta la múltiples veces reclamada Deuda del Estado de unos 600 Millones de dólares bastaría solamente para agonizar unos años más.
  3. En la misma línea mejoras, sin la menor duda posibles y necesarias, en la eficiencia y eficacia del INSS reduciendo a la vez sus costos de operación aportan centavos a un problema de miles.
  4. Por ende ni un simple incremento de las tasas –como propuesto del 11% al 17% en pasos por dentro de 10 años- mucho menos un aumento de diestra a siniestra de la cobertura del INSS hacia sectores hoy no cubiertos resolverá.
    Lo primero terminaría solo con la sorpresa que aún el 17% ya en 2030 no será suficiente y lo segundo le causaría al INSS más problemas –por los bajísimos ingresos de estos sectores- que resolvería, en particular cuando del 2029 en adelante aparezcan los primeros de ellos solicitando su pensión de retiro.
  5. Por tanto en cualquier caso se requiere de una solución compleja e integral, que combina elementos de los derechos ¿quién tiene derecho a cuál pensión desde cuál edad? y de las obligaciones ¿quién aporta cuánto durante cuánto tiempo? donde el actual y el futuro role del estado será vital mucho más allá de honrar su deuda con el INSS.

¿Hay de todo solución?

La hay siempre y cuándo nos pongamos de acuerdo en consensos mínimos:
¿Cuál Nicaragua queremos para abuelas y abuelos,  madres y padres, hijas e hijos?
las/los de hoy y las/los venideros hasta el 2050, y
¿Cuáles serán los papeles de las familias, del INSS, del Estado y de la economía?
en esta Nicaragua.

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