ARTÍCULO 29.- Toda persona tiene derecho a la libertad de
conciencia, de pensamiento y de profesar o no una religión. Nadie puede ser
objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar estos derechos ni a ser obligado
a declarar su credo, ideología o creencia.
ARTÍCULO 32.- Ninguna persona está obligada a hacer lo que la ley
no mande, ni impedida de hacer lo que ella no prohíbe.
En flagrante violación de los artículos 29 y 32 de la Constitución
Política de la Republica de Nicaragua, echando al traste una lucha cívica de casi
300 años –iniciándose prominentemente con François Marie Arouet,
más conocido como Voltaire- la mayoría legislativa
de la Asamblea Nacional ha vuelto a Nicaragua a las tinieblas del Siglo XVIII, al aprobar en lo general el Libro IX
del nuevo Código de la Familia.
En la ley como aprobada "se establece que Gabinetes de
Familia se organizarán con personas mujeres, hombres, jóvenes y adultos mayores
que vivan en una comunidad, para reflexionar y trabajar juntos, promoviendo los
valores y unidad familiar, auto-estima y estima, responsabilidad, derechos y
deberes, comunicación, convivencia, entendimiento y espíritu de comunidad a fin
de lograr coherencia entre lo que se es, lo que se piensa y lo que se hace".(citado según La Primerisima http://www.rlp.com.ni/noticias/general/136862/gobierno-refuerza-estrategia-social )
Con todo respeto, pero desde Voltaire por adelante se
luchó a que el poder del estado se abstuviera a meterse a qué la gente deba creer,
pensar y opinar –es decir sus reflexiones, sus valores, su auto-estima y estima, su espíritu-
y que bajo ninguna circunstancia la “coherencia
entre lo que se es, lo que se piensa y lo que se hace” deba ser asunto de políticas de estado.
Literalmente decenas de millones tuvieron que morir,
antes de que se estableciera en la Declaración Universal de los Derechos Humanos
esa separación estricta entre lo “privado” y lo “público”, limitando el poder del estado exclusivamente a señalar qué se deba y qué no se deba hacer, pero bajo ninguna
circunstancia qué se deba y qué no se deba creer, pensar y opinar. Dentro
de esas millones de muertos están también unas decenas de miles de Nicaragüenses,
desde antes de la Revolución de Zelaya hasta nuestros días, hasta que en la Constitución
del 1987 se estableciera estos principios.
Me causa profunda decepción,
que al parecer ni la bancada gobernante y sus aliados ni la oposición, dentro y
fuera de la Asamblea, hayan llegado ni al Siglo XX, del Siglo XXI ni hablar;
los primeros no ya solo por el hecho
de aprobar en lo general o apoyar semejante adefesio, y los segundos no por no hacer la debida hincapié que
el estado y organizaciones estatales o para-estatales no tienen base alguna para
meterse a creencias y convicciones de las personas, sino que en su lugar como oposición se perdieron en aspectos completamente secundarios circunstanciales, como el carácter
voluntario o no de la participación en los
GdF, el role de los CPC o las palabras “solidario”,
“socialista” y “cristiano” o por ende la supervisión familiar, cuando se trata
de un intento mucho más serio y
peligroso que todas las violaciones habidas y por haber de constitución y leyes
en su conjunto, puesto que se quiere deshacer hasta la Revolución Liberal de
finales del Siglo XIX.