jueves, 6 de octubre de 2011

Cornelio: Río revuelto – Ganancia para los pescadores

En estos días participé en un pequeño conversatorio sobre la problemática de la propiedad inmobiliaria en Nicaragua, haciendo el mismo papel de Jeremías como desde hace 18 años: tal cual cómo se maneja la parte técnica-institucional -o sea Catastro y Registro y sus sistemas informáticos- no hay chance ninguna de ordenar la tenencia de la propiedad jamáis, de las complicaciones jurídicas y conflictos sustanciales ni quiera hablando. Solo que estamos ahora 1.2 mil millones US$ en indemnizaciones, 120 Millones US$ en gastos de proyectos, 2 leyes de organización y 4 leyes de propiedad mas tarde, pero en transparencia y seguridad -quién es dueño de qué o reclama a serlo- estamos casi, casi como hace 18 años en cuanto a las propiedades del 1993, sin incluir el casi 40% por lo cual crecieron las tierras para la agricultura por el avance de la frontera agrícola. Sumando tierras y lotes afectados por las diversas reformas agrícolas y urbanas, tierras que ya antes no tenían documentación legal en orden y el incremento mencionado, no es exagerado asumir que más que el 60% de las tierras -en cantidad y extensión- tenga problemas en su documentación legal. Con los 120,000 títulos nuevos –entre ellos 4,000 en Chinandega, piloto para el nuevo sistema SIICAR-, entregados pero no inscritos en Registro, la Presidencia de la República añadió así 120,000 casos nuevos a la carga ya abultada.

Mi jeremiada: Primero, procedimientos y sistemas para administrar datos coherentes y consistentes son una cosa, procedimientos y sistemas para apoyar el ordenamiento de un caos por medio de la informática otra. Los primeros ayudan solo a mantener el orden, al no permitir la entrada de datos a los sistemas, que provocarían conflictos. Pero los segundos ayudan en encontrar posibles conflictos ya dentro de un universo aún no ordenado, o sea apoyan la navegación y la búsqueda cruzada en un universo plagado de inconsistencias e incoherencias, como son los sistemas de Catastro y Registro actual con su origen en procedimientos netamente manuales.

Segundo, por su mandato legal, Catastro y Registro, son instituciones solo para mantener el orden pero no pueden incidir en forma pro-activa para que se ordene lo que está desordenado, es decir cuando se presenta un caso, cuyo incorporación en Catastro y Registro causaría conflictos, lo pueden rechazar cuando mucho indicar con cuales planos y asientos chocaría mas quienes son los otros propietarios putativos registrados, pero hasta ahí .. no más.

Tercero, por tanto se requiere al menos temporalmente por unos 15 años, de una instancia con capacidad pro-activa y con procedimientos apropiados para facilitar la resolución de conflictos, para una vez resueltos, se pueda componer los datos en Catastro y Registro. Una forma podrían ser oficinas departamentales o municipales de seguimiento, a los cuales se les pasa desde registro y catastro o por parte interesada los casos donde por una u otra razón se detecta incoherencias o inconsistencias. Esa oficina con acceso directo a los datos de Catastro y Registro, tanto de los nuevos sistemas como de lo manual anterior, elabora una documentación completa del caso y convoca de oficio a las partes afectadas, les facilita la documentación completada, hasta puede ofrecerse como instancia alternativa de resolución si las partes lo acepten. Le da seguimiento a los casos hasta pueda contemplarse que se fije fechas topes de acción para las parte, interviniéndose como arbitro "de oficio" en caso de incumplimiento. Esa oficina no puede ser dependencia de la Procuraduría del Estado, pues en más que una ocasión el mismo estado estará como parte.

Cuarto, los sistemas en uso respectivamente el nuevo SIICAR adaptado a un costo millonario, son sistemas diseñados para apoyar a Catastro y Registro pero solo dentro de su mandato legal, tal que aunque ciertamente impidan la entrada nueva de datos inconsistentes, no permitan ni ayuden en detectar mucho menos anticipar inconsistencias e incoherencias en y con lo legalmente ya registrado en Catastro y Registro pero hasta el momento solo en forma manual. Son sistemas del primer tipo, pero no del segundo. Se requiere por tanto un otro sistema, que refleja lo ya registrado manualmente tal cual cómo está en Catastro y Registro, es decir con sus inconsistencias e incoherencias, más herramientas informáticas apropiadas específicas para promover un proceso pro-activo de ordenamiento.

Quinto, en los últimos 18 años ha habido un avance asombroso de la tecnología misma, tal que de ejemplo la base de datos completa de planos y datos registrales de INETER hoy ya cabe en un iPhone o un Galaxy-Android, mientras hace apenas una década requería de un servidor especial con terminales especiales a un costo de miles de dólares. Hoy no hay impedimento tecnológico alguno para desarrollar APPs para iPhone , iPAD o Android, que no solo permitan navegar por esa base de datos en el campo mismo sino, usando el GPS incorporado y la triangulación con los torres de la telefonía móvil, un levantamiento de planos y mapas en el campo con una precisión mejor que 30cm por cada punto. Esos dispositivos no solo se mantienen siempre actualizados, tal que se pueda chequear por inconsistencias posibles en el preciso momento de levantamiento, sino que los resultados así no más se puede enviar desde el dispositivo a catastro.

Sexto, no hubo avances solamente en la tecnología sino también en su disponibilidad en el país. A estas alturas hay cobertura casi total del país por medio de conexiones 3G y banda ancha. La mayoría de las alcaldías opera Catastros Municipales para fines del IBI con bases cartográficas más actualizadas que el propio INETER, por ende cuentan con decenas de topógrafos, ingenieros civiles y personal administrativo todos entrenados en levantamiento y registro. La tecnología ya disponible, la conectividad ya existente, y ese recurso humano permitirían el salto a un sistema verdaderamente integrado de Catastro y Registro, operado en forma descentralizada por los propios municipios -los más interesados y mas cercanos-, pero regulado y supervisado por la CSJ, INETER, Hacienda y Procuraduría, interviniendo cuando necesario sin moverse de sus escritorios en Managua.

Al fin ¿que nos impide ese salto? ... me temo la misma mentalidad “Rio revuelto, ganancia para los pescadores”, que ha impedido pasos serios hacia el ordenamiento y seguridad en la tenencia de la propiedad durante los 18 años pasados.

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